Visto que la Prolongación de Audiencia Preliminar en el presente asunto esta prevista para el día de hoy martes veintinueve (29) de julio de 2008, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.), y por cuanto dicha Prolongación de Audiencia Preliminar coincide el mismo día a la misma hora, con otra Audiencia Preliminar fijada en el asunto UP11-L-2008-000232. En consecuencia éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda REPROGRAMAR de oficio la Prolongación de Audiencia Preliminar para el MARTES DOCE (12) DE AGOSTO DE 2008, A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 pm.). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.