Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la recusación planteada por la Abogada MARBELLA GUTIÉRREZ IGLESIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 44.552, en contra de la Abogada, MIRNIS MARIOLIS HERNÁNDEZ, Jueza de Primera Instancia en funciones de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy.