Por este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado ALCIDES MANUEL ESCALONA MEDINA Inpreabogado Nro. 90.484, contra la decisión dictada en fecha 30 de Junio de 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de Calificación de despido interpuesto por el ciudadano MAYELIS YELANIA ESCALONA MEDINA contra la Empresa CONINVECA (Construcciones e Inversiones Vesubio, C.A.) y solidariamente Consorcio Grupo Occidente C.A.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión apelada y REPONE la causa al estado en el que el Juez de Sustanciación declare concluida la Audiencia Preliminar y REMITA al Juez de Juicio el expediente para que se pronuncie sobre la procedencia de la consignación.
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