Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
DECLARA:
PRIMERO: En ejercicio del Despacho Saneador del Juez, ordena a la parte actora ciudadana GIUSEPPINA LUIGIA TOSIANI DE LA GAMMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.575.280, que corrija el defecto arriba indicado, incorporando los requisitos exigidos en el artículo 777 del Código de Procedimiento Civil, relativo a la consignación de los documentos que acreditan la existencia de la comunidad objeto de la presente partición (copias certificadas de la sentencia definitivamente firme y los referidos documentos), por cuanto contraviene norma legal expresa.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFCADA.
Dada.....