DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Publica, ABG. MARYOALIZTHG CABAÑA, del ciudadano FRANKLIN ANTONIO TORREALBA ARTEAGA, en el sentido que le que se le amplié el lapso de presentaciones, siendo lo mas ajustado a Derecho en el presente caso es AMPLIAR la medida Cautelar de Presentaciones a cada ocho (8) días por ante la sede de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Por cuanto las finalidades del proceso se encuentran aseguradas con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta al referido acusado por este Juzgado de Juicio, de conformidad con lo establecido en los artículos 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, diarícese, y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ DE JUICIO
ABG. DENYS SALAZAR GARCIA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA DE LOS ANGELES GIMENEZ