En relación a la norma transcrita y las circunstancias que rodean el caso en concreto, esta Sentenciadora considera necesario compartir el criterio dirimido por el A QUO, al considerar la procedencia de la demanda Y ASÍ SE DECIDE.
Por los argumentos anteriormente explanados, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Heriberto Julián Velásquez, parte demandada en el presenten juicio, contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en fecha 22 de octubre de 2007, cursante la misma a los folios del 43 al 59, ambos inclusive.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EL FALLO APELADO y en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENT.....