Visto que las partes en la audiencia de juicio, estuvieron de acuerdo en la utilización de un medio alterno de resolución de conflicto de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se realizó una audiencia de mediación y el ciudadano "Datos omitidos" Ofreció aumentar la obligación de manutención de su hija, en la cantidad de Bs. 16.000,00 mensuales, mas la cantidad de Bs.9.000,oo que da la empresa para el pago de colegio y transporte, lo cual suma la cantidad de Bs.25.000,oo, mensuales los cuales serán depositados los primero 5 días de cada mes, en la cuenta que se ordena a aperturar en el banco SOFITASA, y comenzará a regir a partir del mes de diciembre del presente año. Igualmente, para útiles y uniformes escolares, en el mes de septiembre, pasará a la madre de su hija el bono de útiles escolares y uniformes que da la empresa a los hijos de los trabajadores, que actualmente es la cantidad de cincuenta y tres mil bolívares (Bs......