este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de revisión de la Obligación Alimentaria, incoada por la ciudadana MAIGUALIDA GONZÁLEZ MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° 13.311.419, en representación y beneficio de la adolescente Identidad omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en contra del ciudadano LUIS SEGUNDO ESCALONA CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº 11.604.410; y considera fijar el monto de la Obligación Alimentaria a la cantidad CINCUENTA MIL BOLÍVARES, (Bs. 150.000,°°) MENSUALES, adicionalmente por concepto de útiles escolares en el mes de septiembre de cada año, considera fijar una cuota extra de TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES, (Bs. 300.000,°°) y considera fijar para el mes d.....