administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de OTORGAMIENTO DE CUSTODIA, incoada por la abogado Andrelys Alvarez, Defensora Público Auxiliar Primera, adscrita a la Defensa Pública del estado Yaracuy, y con competencia en Materia de Protección de Niño, Niña Adolescente, prestando asistencia al ciudadano TEOFILO QUERALES NAVAZ, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° 10.372.624, residenciado en el kilómetro 18, a 200 mts de la parada, Yumare, municipio Manuel Monge, estado Yaracuy, en contra de la ciudadana ANA ROSA ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.823.942, domiciliada en el poblado 10, Yumare, municipio Manuel Monje del estado Yaracuy. En consecuencia se acuerda la Responsabilidad de Custodia de los niños (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÌCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), ba.....