En consecuencia, este Juzgado, tomando en consideración todo lo antes planteado y visto que el presente juicio se encuentra en estado de ejecución respecto de una sentencia con Autoridad de Cosa Juzgada, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, de fecha veinte (20) de abril de 2017, la cual riela a los folios ciento ochenta y dos (182) al doscientos (200) y sus respectivos vueltos, y que fuera declarada DEFINITIVAMENTE FIRME en fecha dos (02) de junio de 2017, y cuyo auto corre inserto al vuelto del folio doscientos cinco (205) de las presentes actuaciones y de conformidad con lo establecido en el articulo 12 y ordinal 2° del articulo 13 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.668 de fecha 5 de mayo de 2011, se suspende la ejecución por un.....