decreta el sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra de EVENCIO RODRIGUEZ SANCHEZ, venezolano, de 33 años de edad, soltero, de profesión obrero indocumentado, residenciado en el sector Los Trementinas, vía a Torondoy, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 453 del Código Penal vigente para el momento en que ocurre el señalado hecho punible, cometido en perjuicio del ciudadano JAVIER ANTOIO CAICEDO SÁNCHEZ, venezolano, de 20 años de edad, soltero, de profesión obrero, titular de la cédula de identidad No. 12.548.819, residenciado en La Urbanización La Conquista, entrando por los monederos, calle a la derecha, casa No. 12533, El Vigía, Estado Mérida.