En mérito de las anteriores consideraciones este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERDIDA DE INTERES Y DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, en el presente asunto relativo al juicio de de extensión de obligación de manutención, presentado por la Defensa Publica del estado Yaracuy con competencia en Protección de Niños y Adolescentes actuando por solicitud de la adolescente para la fecha de la presentación "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", venezolana, menor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.698.504, sin residencia señalada, en contra del Instituto Venezolano del seguro Social. Y así se decide.