Sobre la base de todo lo antes señalado, quién Juzga observa, que si bien en la presente solicitud, tal y como se dijo, en fecha ocho (18) de febrero de 2.014), e inserto al folio cuatro (4), este Juzgado fijó para el día jueves veintiocho (28) de febrero del año dos mil catorce (2.014), para la comparecencia de los ciudadanos ARGENIS AURELIO QUINTERO CERRADA, ANTONIO IBARRA ANGULO, FELICITA MONTILLA UZCATEGUI, y CARMEN AURORA ROJAS GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 8.044.331, V- 6.534.577, V- 8.028.196 y V-10.106.472, respectivamente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), diez y quince minutos (10:15 a.m.), diez y treinta minutos (10:30 a.m.) y once (11:00 a.m.) de la mañana, a fin de que rindan sus declaraciones conforme a las preguntas que se encuentran al folio uno (01) de las presentes actuaciones, y por cuanto para el día y hora señalado, la solicitante no se presentó, y por cuanto hasta la fecha la solicitante MARIA PORCI.....