Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la ciudadana ROSA HUBERME VILORIA DURANGO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-25.280.006 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomentó en un lote de Terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en La Calle Piedra de Oro del caserío La Bartola Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y que posee un Área de construcción de SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (75,00 Mts2)