Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana, KARINA ALVARADO RAMIREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.953.709, civilmente hábil, domiciliada en la Calle 1, entre calle Principal y terrenos Agrícolas Comunidad Sabana de la Horca, Parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual Estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad Municipal; que mide una superficie de TRESCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (313,50 Mts2), Ubicado en la Calle 1, entre calle Principal y terrenos Agrícolas Comunidad Sabana de la Horca, Parroquia Campo Elías .....