DECLARA:
PRIMERO: SE INSTA A LA PARTE DEMANDANTE, ciudadana PARRA YARZA DIANA BEATRIZ, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-7.576.761, con domicilio procesal ubicado en la urbanización San Antonio, transversal 7, N° 7-6-B, municipio San Felipe del estado Yaracuy, a dar cumplimiento a lo establecido con la Sentencia Nº 000386, Expediente 2021-213, dictada por la Sala de la Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 12 de agosto de 2022, en lo atinente al señalamiento de los números telefónicos y correos electrónicos de las parte demandante, demandada y del abogado de la parte demandante, sea abogado asistente o apoderado judicial.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE, incluso en la página web oficial del TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA WWW.TSJ.GOB.VE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE .....