, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA , a favor de las ciudadanas ALEJANDRIA CAMACHO Y ALICIA YACKELINE CAMACHO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-7.512.232 y V- 16.483.650