Se CONDENA , por unanimidad, conforme a las previsiones del articulo 364 y, 365 del Código Orgánico Procesal Penal, Al Ciudadano Acusado LUBIN ANTONIO ROJAS CARRERO, titular de la cedula de identidad N° 12.226.442, domiciliado en Urb. Campo Deportivo, Calle 1, Casa N° 04-73, Cordero, Estado Táchira por la Comisión del Delito de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES CULPOSAS, previstos en el último aparte del Artículo 411 del Código Penal vigente para el momento de la comisión de los hechos ocurridos en fecha 13 de Septiembre del 2.000 aproximadamente a las 2:00 horas de la madrugada, en la vía Chivacoa Nirgua, Sector represa Cumaripa, en perjuicio de IRMA HERNANDEZ ALARCON, ELIO FRANCISCO PAREDES Y OTROS, a cumplir la pena de Seis (6) Años de Prisión, Pena esta que finaliza el 24 de Marzo del 2.012, se condena a las pena accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, esta se cumplirá en las condiciones que determine el Tribunal de Ejecución qu.....