declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido a través de su apoderado judicial abogado ELIO JOSE ZERPA ISEA, contra la decisión dictada en fecha 28 de Mayo de 2008, por el Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda que por DESALOJO y COBRO DE CANONES DE ARRENDAMEINTO, que ha incoado la ciudadana: PETRA GALINDEZ DE ESPÍNOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 827.365, representada judicialmente por la abogada YADIRA PARRA DE AGUILAR, Inpreabogado N° 14.139, Contra la ciudadana: JANETH UZCATEGUI TORRES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 10.906.779, representada judicialmente por los abogados ELIO JOSE ZERPA ISEA y ROBERT JOSE ZERPA TOVAR, Inpreabogado Nros 0568 y 67.336 respectivamente, como consecuencia de la inepta acumulaci.....