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Decisiones del dia 30/06/2009

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : UL01-P-2001-000036 N° Sentencia : PJ0332009000311 Fecha: 30/06/2009
Procedimiento:
Libertad Plena
Partes:
FISCAL UNDÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO YARACUY Y A LA DEFENSORA PÚBLICA PENITENCIARIA, PENADO DARWIN RAFAEL CARO ARTEAGA
Resumen:
DECISIÓN: En virtud de lo antes señalado, este Tribunal de Ejecución Nº 1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Libertad Plena del penado DARWIN RAFAEL CARO ARTEAGA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.442.319, por haber cumplido la pena que le fue impuesta. Publíquese. Remítase copia certificada del presente auto al penado, al Director del Internado Judicial Yaracuy. Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Yaracuy y a la Defensora Pública Penitenciaria, Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación. Ofíciese, Remítase y Notifíquese lo conducente. Cúmplase. Abg. Jenny Andaluz Affigne Jueza de Ejecución Nº 1 Abg. María Giménez Secretaria
Juez/Ponente:
Jenny Andaluz Affigne
Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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N° Expediente : UJ01-P-2002-000033 N° Sentencia : PJ0332009000312 Fecha: 30/06/2009
Procedimiento:
Beneficio De Destacamento De Trabajo
Partes:
FISCAL UNDÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO Y A SU DEFENSORA PÚBLICA PENITENCIARIA, EL PENADO RAMON ANTONIO PORTILLO
Resumen:
DECISIÓN Por lo expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE al penado RAMON ANTONIO PORTILLO titular de la cédula de identidad N° 7.908.338, el Beneficio de Destacamento de Trabajo Individual, por estar cumplidas las exigencias del Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. El penado deberá someterse a las condiciones que estipule dicho Destacamento y de violentar el beneficio otorgado, será recluido nuevamente en el Internado Judicial de esta Ciudad. Igualmente el penado debe cumplir durante su permanencia en el Destacamento de Trabajo de las siguientes condiciones: 1.- Prohibición de portar armas de ninguna índole, 2.- Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas ni sustancias estupefacientes ni psicotrópicas, 3.- Cumplir con el horario establecido en la presente resolución, 4.- Prohibición de salida de la jurisdicción del Es.....
Juez/Ponente:
Jenny Andaluz Affigne
Organo:
Tribunal Primero de Ejecución
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