Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, conforme al artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda, la entrega del vehículo antes descrito, al ciudadano Mauricio Antonio Escalante, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.728.567.