Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en Alzada, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición formulada por el Abg. IVAN PALENCIA ARIAS, Juez del Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Désele salida y remítase con oficio al Juzgado del Municipio Nirgua el presente expediente.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, Y DEJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe a los treinta (30) días del mes de julio de 2009. Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.-
La Jueza Superior,
Abog. Yrela Ysabel Cham Rodríguez
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