declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del Ciudadano ARGEL JOSE GOMEZ GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-20.264.867, y de este domicilio; debidamente asistida por la profesional del Derecho Abogada MARIA ELENA UZCATEGUI, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 87.18; plenamente identificados en la presente solicitud que discurre, sobre unas bienhechurías construidas sobre unas Parcelas propiedad Municipal, conformadas por Cuatro (04) parcelas de terrenos que consta de una vivienda, distinguida con los Nros 68, 70, 101 y 103 en el Sector "B" del Parcelamiento Rural Agrícola Recreacional Altamira, ubicado en el Municipio Bolivariano Angostura del Estado Bolívar, Parcela (68) cuyo linderos son los siguientes: Norte: Con parcela 66 del Sector "B" con una distancia de (100,00 Mts), Sur: Parcela N° 70 con Sector "B" con una distancia de (100,00 Mts), Este: carrera 13 del Sector "B" con una distancia d.....