Por tanto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida en funciones de Control N° 2, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda procedente la solicitud de la defensa, y en consecuencia decreta a favor del ciudadano DERICK JOSE COLLAZO, una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad consistente en FIANZA PERSONAL, conforme lo establecido en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, y una vez presentados, analizados y verificados los recaudos de los fiadores se procederá a materializar la libertad del imputado. Así se decide, cúmplase y notifíquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL N° 2
ABG. NELSON J. TORREALBA A.
LA SECRETARIA
En fecha ________ se cumplió con lo ordenado bajo los Nros. ________________.-