N° 1 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY REDIME LA PENA al penado JOSÉ DEL CARMEN LÓPEZ, por el lapso de CUATRO (4) MESES Y VEINTICINCO (25) DÍAS, que sumados al tiempo de detención da un total de SIETE (7) AÑOS, TRES (3) MESES Y DIESICEIS (16) DÍAS, faltándole por cumplir la pena de DOS (2) MESES Y CATORCE (14) DIAS que vence el día 14 DE FEBRERO DE 2008 a las 12:00 A.M. Así mismo se evidencia que se encuentra vencido el lapso para solicitar la GRACIA Confinamiento; la cual no se le ha concedido al penado por cuanto no ha presenta la Constancia de Residencia. Expídase copia certificada del presente auto para su remisión al Internado Judicial de esta ciudad. Notifíquese a las partes y al penado.
Jueza de Ejecución N° 01
Abg. Esmeralda López Guzmán
La Secretaria
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