DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia de ello se establece al ciudadano: EDUARDO ANTONIO MACHADO SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-11.647.984 con domicilio en el Municipio Nirgua, estado Yaracuy, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una manutención a favor de sus hijos los niños: (Identidad Omitida), de cinco (5) y un (1) años de edad respectivamente y de este domicilio, por la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.200,00) semanales, que deberá consignarlos en efectivo, al inicio de cada mes o de cada semana en la cuenta de ahorros que se le indique por este Tribunal para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente a la cuota de manutención .....