Se publica decision mediante el cual visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de cosa juzgada, por lo que el actor debe en un lapso perentorio de diez (10) días contados a partir de la fecha de haber recibido el pago en efectivo, informar al tribunal del mismo, caso contrario se entenderá que fue recibido el respectivo pago. Se ordena la remisión a Archivo Judicial de manera oportuna.