Con base a los razonamientos anteriormente explanados, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA intentada por el ciudadano LUIS HERMINIO PERALTA, debidamente asistido por las abogadas BRISNELVIC RAMÍREZ y MARIELA PIÑERO, Inpreabogado Nros. 114.459 y 108.417, contra el ciudadano MISRRAIN JOSE COLINA HERNÁNDEZ, por cuanto no reúne los requisitos exigidos por la Ley. Y ASÍ SE DECLARA.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFCADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe a los 31 días del mes de enero de 2007. Años: 196° y 147°.
La Jueza Suplente Especial,
Abog. WENDY YÁNEZ R.....