DECISIÓN
Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, acuerda PROCEDER COMO EN SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. En consecuencia firme como ha quedado el decreto intimatorio, se ordena a la Compañía Mercantil DISTRIBUIDORA ABIR, C.A., en la persona de su Director Ejecutivo, ciudadano ANUAR NABELSI RAJAB, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 14.919.081, a pagar la cantidad de DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLIVARES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 213.443,85), más las costas procesales calculadas al 25%, conforme al Código de Procedimiento Civil. Emítase el correspondiente Mandamiento de Ejecución.
Publíquese, regístrese y déjese copia.....