Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 15 de noviembre de 2010, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" el fallo apelado en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "CON LUGAR" la demanda por cobro de Prestaciones Sociales, incoada en el presente asunto por el ciudadano ANTONIO JOSE ARENAS, contra la empresa "TRANSPORTE ROZ ITRIAGO", C.A., todos plenamente identificados en los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: En virtud de la adm.....