Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por la Abogada Sorelys Quintero, actuando en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-V-2022-000007 el procedimiento de COLOCACION FAMILIAR, seguido por la ciudadana MARIA APOLINAR OJEDA SARMIENTO, titular de la cedula de identidad Nº V.- 22.316.108, representada por la Abg. SUHAIL HERNANDEZ, inscrito en el Ipsa bajo el Nº 81.067, contra los ciudadanos AMIDA ZENAIDA RAMOS SARMIENTO y JOSE JOAQUIN VEROES RIOS, titulares de la cedulas de identidad Nºs V.- 18.757.296 y 18.757.380 respectivamente SEG.....