DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION, presentada por el Fiscal Noveno (auxiliar) del Ministerio Público contra el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES SIMPLES, previsto en el artículo 413 del Código Penal Vigente, 31, de conformidad con lo establecido en el artículo 578, literal a) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cuanto cumple con los requisitos exigidos en el artículo 570 eiusdem. En consecuencia, se DECLARA SIN LUGAR EL CAMBIO DE CALIFICACIÓN JURÍDICA y la PETICIÓN DE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO por prescripción de la acción penal, ambas solicitadas por la Defensa Pública al no esta.....