En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia Transitoria en el Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y el Derecho, dicta Sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Que sí resulta competente para conocer y regular el conflicto de competencia planteado entre, el Juzgado Distribuidor De Primera Instancia Civil, Mercantil Y Transito De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, y el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Así se decide.-
SEGUNDO: Que la COMPETENCIA para conocer de la presente demanda con motivo de ACCIÓN MERO DECLARATIVO, presentada por los ciudadanos WILLIAM JOSÉ MARTÍNEZ Y RAMÓN BARTOLO NUÑEZ MOSQUEDA Y RAMON BARTOLO, venezolanos, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 8.975.453 y 9.288.654, asistido.....