DECISION
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR; la cuestión previa opuesta referida al ordinal 9° del Articulo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se releva el Tribunal de hacer pronunciamiento sobre la cuestión previa opuesta referida al ordinal 7° esiudem. En virtud que la cosa juzgada extingue el proceso como consecuencia de haberse desechado la demanda.
TERCERO: Se condena en costa a la parte accionante, conforme al articulo 357 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Notifíquese a las partes tal como lo establece el articulo 251 del Código de Procedimiento Civil.
QUINTO: Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el archivo de conformidad con lo establecido en el Articulo 248 del Código d.....