Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la providencia administrativa N° 1528/2015, dictada en fecha 22 de diciembre de 2015 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Yaracuy, formulada por el Abg. Luís Eduardo Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20918, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Yorman Alberto Arteaga Jiménez, titular de la cédula de identidad N° 14.607.750.