Con base a los razonamientos precedentes este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de SIETE (07) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS, de la pena total que cumple el penado TULIO ENRIQUE LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 13.719.557.
CUARTO: Efectuado como ha sido el cómputo hasta el día 01-03-2007, por redención de la pena, se observa que el penado TULIO ENRIQUE LEÓN, fue detenido en fecha 10-04-2005 hasta la presente fecha, durante el tiempo de su reclusión ha cumplido un tiempo efectivo sin redención de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS, que sumados al tiempo redimido en la presente decisión de SIETE (07) MESES, VEINTISEIS (26) DÍAS, hacen un total de pena cumplida con redención de DOS (02) AÑOS, SEIS (06) MESES, QUINCE (15) DÍAS y p.....