DECISION
Con base en todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, incoado por el ciudadano: TRINO RAFAEL RAMOS ARIAS, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 3.706.455 y de este domicilio asistido por el abogado en ejercicio: ELIO JOSE ZERPA ISEA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 0568; contra su cónyuge, ciudadana: DINORA MORAIMA MARIN MEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 4.964.716, en lo que respecta a la causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil Venezolano Vigente, es decir, Abandono Voluntario.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial, celebrado ante la Prefectura del Municipio Autónomo Independencia, Estado Yaracuy.....