ESTE TRIBUNAL pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 ordinal 1° de al Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se acuerda conforme los solicitado por la Representante de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, y en consecuencia, se DECRETA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN de los ciudadanos MORENO PARRA, JOSÉ CEFERINO Y YONNY ALEXANDER MENDOZA MENDOZA, por los hechos y circunstancias plasmados en el Acta Policial N° 0416/11 de fecha 06-10-2011, suscrita por los funcionarios Oficial Agregado (PM) Cabrales Wuilmer y el Oficial (PM) Omar Díaz, adscrito a la Estación Policial Mucujepe, en donde se deja constancia que, siendo aproximadamente las 06:00 horas de la mañana, encontrándose de servicio en la Estación Policial de Mucujepe, fueron informados por habitantes de la comunidad, que en el Puente de Mucujepe se encontraba un grupo de personas trancando la vía pública,.....