este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARIANA DEL VALLE BENAVIDES DE RODRÍGUEZ y CESAR ALBERTO RODRÍGUEZ MATA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.210.762 y V-14.443.374, respectivamente, domiciliados la primera en la avenida Cartagena, calle Federación El Campito, casa s/n, Qta. Ana Julia, del Municipio Independencia del estado Yaracuy, y el segundo en la Urbanización Los Pinos, calle Nº 5, casa Nº 6, del Municipio Independencia del estado Yaracuy, debidamente asistidos por la Abogada DAYANA DEL VALLE GIRAUD BENAVIDES, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el número 127.022.