JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, trece de abril del dos mil siete.-
196º y 148º
Por cuanto del cómputo anterior, se desprende que desde la última actuación que fue el día 23 de marzo de 2004, exclusive, fecha de la ultima actuación del tribunal, tal y como consta del folio 147 del expediente, hasta el día de hoy, inclusive, observándose que han transcurrido aproximadamente TRES AÑOS Y VEINTIUN DIAS CONSECUTIVOS sin que las partes le haya dado impulso procesal para la prosecución de la presente causa. En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia en el presente proceso. Se orden.....