Con fundamento a las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara la Perención de la Instancia, en el presente procedimiento por Reconocimiento de Instrumento Privado, incoado por el Ciudadano: Andrés Rafael Gutiérrez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.899.708, domiciliado en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, contra la Ciudadana: Paula Gutiérrez, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.172.545, y domiciliada en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar.-
En consecuencia, se ordena la notificación de la parte actora, de la presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta.....