DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÈRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CONCLUIDA la partición de bienes incoada por la ciudadana GLORIA JOSEFINA NORIEGA GUTIERREZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.810.210, a través de su Apoderado judicial Abogado JOSE GREGORIO MOLINA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.712.860, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.861, contra el ciudadano PEDRO RAMON BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad números V-3.495.586, de conformidad con el artículo 785 del Código de Procedimiento Civil, se declara firme la partición presentada por el ingeniero JOSE WILLIAM BOLIVAR LIZCANO.se ordena la venta del bien inmueble en pública subasta, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 788 del.....