Por las razones que se expusieron, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en sede constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos Yovany M. Silva Colmenárez y Mauricio José Silva, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.970.209 y 7.905.029, respectivamente, asistidos por las abogados Mariela E. Piñero M. y Brisnelvic Ramírez, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 108.417 y 114.459, contra el Instituto Autónomo de la Salud del Estado Yaracuy (Prosalud Yaracuy).
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los veintitrés (23) días del mes de diciembre.....