DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación con efecto suspensivo interpuesto por el Abogado JOSÉ GREGORIO LOBO RANGEL, en su condición de Fiscal Décimo Noveno del Ministerio Público, contra la decisión dictada en esa misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso en contra del imputado, NERIO JOSÉ ECHEVERRÍA SÁNCHEZ, la medida cautelar sustitutiva de privación de libertad, contenida en el numeral 1. del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en arresto domiciliario, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO DE INFLUENCIAS, previsto y sancionado en el artícu.....