DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana: LUD MARINA PARRA ROA, ya identificada, en contra del ciudadano: RENE JAVIER AVENDAÑO GALLO, igualmente identificado; en nombre y representación de su hijo, el ciudadano niño: OMITIR NOMBRE, de cuatro (04) años de edad. En consecuencia se fija la Obligación Alimentaría en la cantidad de 23,5 % del salario mínimo urbano que equivale a la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 120.000,oo) mensuales como obligación alimentaria, tomando en consideración el salario mínimo urbano actual decretado por el Ejecutivo Nacional el cual corresponde a la cantidad de Quinientos doce mil trescientos veinticinco bolívares con cero céntimos (Bs. 512.325,oo). Así mismo, se establecen dos bonos especiales cada uno en la cantidad DOSCIENTOS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 200.000,oo), para que el padre contribuya con los gastos escolares y navideños del niño de autos. Estas cantidade.....