DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con el artículo 7, ordinales 1, 2, 3, 4 y 5 de la Convención América sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), articulo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 173, 176 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA: No tener asunto sobre que pronunciarse sobre la declinatoria de competencia, acogiendo a la legalidad de prohibición de reforma. SEGUNDO: Remitir la totalidad de la causa original al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. TERCERO: Se ordena la inmediata libertad plena del adolescente antes identificado. Líbrese la boleta respectiva. CUARTO: Se ordena, anexar copia .....