Se dictó y publicó sentencia interlocutoria Nº PJ0662016000005 mediante la cual se admite el presente recurso contencioso tributario remitido mediante oficio Nº SNAT/INTI/GRTI/RG/DJT/2011/765, de fecha 30 de marzo de 2011, a este Juzgado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria Región Guayana, interpuesto subsidiariamente al recurso jerárquico ante ese mismo órgano por el abogado Rafael Celestino Valor Ojeda, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.996 apoderado judicial de la empresa CENTRAL SANTO TOME IV, C.A., contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/DJT/2011/016 de fecha 10 de marzo de 2011, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).-