Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por la abogada en ejercicio CAROLINA BEATRIZ MONTERO LUGO, inscrita en el inpreabogado No. 303.348, domiciliada en el Municipio Maracaibo estado Zulia, actuando como apoderada judicial especial de los ciudadanos BEATRIZ ELENA QUERO GONZALEZ Y JORGE LUIS DURAND RAMIREZ, titulares de la cedula de identidad No. V- 15.059.368 y V- 13.298.335, respectivamente, de su domicilio, carácter este que consta en actas, en consecuencia, se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimoni.....