Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ADELSO JOSE QUINTERO y YULI MARGARITA VILLALOBOS BOSCAN, en fecha 09 de diciembre de Mil Novecientos Ochenta y Tres (1.983), por ante la Jefatura Civil del Municipio Cacique Mara, Distrito Maracaibo del estado Zulia, según copia certificada del acta de matrimonio No. 1459.