Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, EVEL ENRIQUE BARRIOS VASQUEZ y VIVIANA COROMOTO GARCÍA VIZCAINO, en fecha diecinueve (19) de julio del año Mil Novecientos Noventa Y Siete (1.997), por ante el la Jefatura Civil de la Parroquia Manuel Dagnino del Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia.